Uruguay: hacia una población bajo vigilancia con reconocimiento facial

Por DATYSOC

Uruguay se encuentra a punto de construir una base de datos de «Identificación Facial» con fines de seguridad pública a cargo del Ministerio del Interior. Este sistema, fue aprobado utilizando la Ley de Presupuesto Nacional como “ley ómnibus”, evitando así la correcta discusión del tema debido a los plazos exiguos para la aprobación de este tipo de ley.

La construcción de esta base, estará a cargo del Ministerio del Interior, utilizando la base de datos que actualmente se encuentra a cargo de la Dirección Nacional de Identificación Civil, organismo encargado de emitir la cédula de identidad en el país. La base incluirá: imágenes faciales de las personas mayores de edad, nombres y apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, número de cédula de identidad, fecha de expedición y fecha de expiración de esta última. El Ministerio del Interior ya ha contratado un software de reconocimiento facial automatizado y cuenta hoy con un sistema de 8433 cámaras distribuidas en los 19 departamentos del país, además de los sistemas de vigilancia privada. El gobierno nacional ha admitido que el uso que se pretende dar a esta base de identificación facial es el de vigilancia automatizada mediante algoritmos de reconocimiento facial. 

Resulta especialmente preocupante la amplia discrecionalidad otorgada al Ministerio del Interior en cuanto a los posibles usos de esta base de identificación facial, dado que incluye cualquier tipo de uso con fines de seguridad pública enmarcado en los cometidos de la Ley Orgánica Policial. El concepto de “seguridad pública” es tan amplio que no define los límites de las autoridades públicas para hacer uso de datos personales.

¿Qué puede salir mal? 

Varios estudios recientes [1], [2], [3] advierten que la mayoría de los sistemas de reconocimiento facial comerciales tienen sesgos importantes y demuestran ser tecnologías aún inmaduras. La tecnología de reconocimiento facial sesgada es particularmente problemática para usos relacionados con seguridad pública porque los errores podrían dar lugar a acusaciones falsas y arrestos injustificados.

Ahora bien, supongamos que los algoritmos de reconocimiento facial funcionan correctamente y que la base es gestionada prolijamente desde el punto de vista técnico por parte del Ministerio del Interior. Eso significaría que los sistemas de vigilancia estatales podrían identificar a cada persona a la perfección. En este caso la pregunta es: ¿realmente queremos ir hacia allí?

El uso de esta tecnología conlleva grandes riesgos, puede ser utilizada para encontrar y arrestar manifestantes u organizadores de protestas o puede usarse para rastrear a personas a distancia sin su conocimiento, entre otros usos preocupantes. Además, vivir en una sociedad vigilada afecta la privacidad de las personas y también puede afectar la libertad de expresión, de movimiento y de reunión, de formas aún no sospechadas. ¿Cómo afectará la identificación facial el comportamiento de los uruguayos? ¿Se han realizado análisis de impacto sobre las posibles consecuencias sociales del uso de la biometría en el espacio público? ¿Es necesario y proporcional? 

Mientras que en Uruguay el tema se incluye en una Ley de Presupuesto (ley ómnibus) y sin discusión pública, en otros países los legisladores proponen o incluso aprueban leyes prohibiendo el uso de reconocimiento facial por parte del gobierno para vigilar a sus ciudadanos [1] [2] [3] [4] [5] [6], incluyendo la prohibición del uso de otras tecnologías biométricas como el reconocimiento de voz, el reconocimiento de la marcha y el reconocimiento de otras características físicas inmutables. Varias organizaciones que trabajan en temas de derechos humanos y tecnología en América Latina vienen relevando los casos problemáticos de uso de reconocimiento facial y alertando sobre los riesgos que esta tecnología representa para la población. 

Además, es importante resaltar que los organismos internacionales de Derechos Humanos han advertido sobre los potenciales peligros de abuso y recomiendan a los países su regulación por ley analizando el alcance detallado de su uso, la necesidad y proporcionalidad. En este sentido, durante el año 2020 conocidas empresas tecnológicas decidieron moratorias en la oferta de sus soluciones de reconocimiento facial automatizado a los gobiernos solicitando que su uso sea regulado por la vía parlamentaria. 

Alerta de la sociedad civil 

El 13 de octubre de 2020, estos dos artículos fueron aprobados por la Cámara de Representantes sin ningún tipo de debate. Cuando la Ley de Presupuesto pasó a consideración de la Cámara de Senadores (durante los meses de octubre y noviembre), el equipo de DATYSOC alertó sobre los peligros potenciales que trae el uso de identificación facial automatizada con fines de seguridad pública y sobre el exceso de discrecionalidad que se otorgará al Ministerio del Interior, logrando instalar el tema en la agenda de los medios de prensa [1] [2] [3] [4] [5] [6] [7]. Por su parte, junto a más de 20 organizaciones de Uruguay y de la región enviamos una carta a la Cámara de Senadores de Uruguay pidiendo que se retiren estos artículos del proyecto de Ley de Presupuesto. 

A partir de las alertas emitidas por la sociedad civil, varios senadores tomaron posición a favor del desglose de estos artículos o solicitaron la inclusión del requisito de previa orden judicial para habilitar el uso de estos datos de identificación facial con fines de seguridad pública. Lamentablemente, debido a la escasez de tiempo de discusión que implica una Ley Presupuestal, no se logró acuerdo. Estos artículos que incluyen una “carta en blanco” al Ministerio del Interior, fueron aprobados sin modificaciones por ambas cámaras, evitando que el asunto tenga el debate parlamentario profundo y necesario que el tema requiere.

Nuestra estrategia

Agotadas las posibilidades de incidir en el proceso de discusión parlamentaria de la Ley de Presupuesto y buscando posibles caminos para evitar daños mayores, desde DATYSOC hemos decidido impulsar la inclusión de este tema dentro del 5to Plan de Acción de Gobierno Abierto 2021-2025. Buscamos que se pueda generar un compromiso por parte del Ministerio del Interior que permita, al menos, la posibilidad de un debate informado con participación de las múltiples partes interesadas previo a su reglamentación.

Además, estaremos analizando de cerca el impacto de estas medidas en los derechos humanos, procurando la mayor transparencia posible en el proceso y su implementación a los efectos de mantener a la población informada.

Conoce más sobre el tema

Indela apoyará con orgullo a seis nuevas iniciativas de derechos digitales en la región

Proyectos seleccionados Indela 2020

Los espacios digitales y físicos están cada vez más conectados. Las tensiones políticas y sociales, la relación del público con el estado y su uso de la tecnología están planteando nuevos y complejos desafíos a los derechos digitales. La pandemia en curso y las respuestas estatales relacionadas, están sumando más estrés a estas tensiones. En toda la región, estamos viendo un mal uso generalizado de datos personales, límites de expresión, falta de información y conocimiento distribuido para las comunidades vulnerables, y muchos otros desafíos alarmantes.

Para apoyar el avance y el desarrollo de los derechos digitales en la región, Indela lanzó su segunda convocatoria abierta en 2020. Recibimos 138 propuestas de 15 países latinoamericanos.

Hoy, el equipo de Indela se complace en anunciar los seis proyectos seleccionados para su segundo ciclo de financiamiento. Estamos muy orgullosos de apoyar estas iniciativas innovadoras, que trabajarán en temas como una reforma libre y justa del derecho de autor, reducir la violencia de género en línea, localizar políticas públicas de protección de datos y en leyes de ciberseguridad centradas en el usuario, entre otros.

Estos seis proyectos recibirán fondos durante 12 a 18 meses, así como apoyo personalizado para fortalecer el impacto de su trabajo.

Las selecciones finales del proceso de la convocatoria abierta 2020 de Indela son las siguientes:

  1. REMIX: Hablando de derechos de autor e Internet” de Agência Lema e InternetLab, promoverá un diálogo abierto sobre los derechos de autor en Brasil y la necesidad de reformas progresivas.
  2. Acompañamiento integral a víctimas de violencia de género en línea” de Cultivando Género Asociación Civil, apoyará a mujeres y niñas en Aguascalientes, México, que han sido blanco de violencia digital, para conocer las opciones disponibles para ellas y tomar decisiones informadas en el ejercicio de sus derechos.
  3. DATYSOC: hacia una agenda integral de derechos digitales en Uruguay”, este proyecto incubado por DATA Uruguay, fortalecerá la agenda de derechos digitales en Uruguay mediante incidencia en la regulación de derechos de autor y en las políticas de responsabilidad de los intermediarios de Internet.
  4. Marcos multiculturales de derechos digitales para comunidades indígenas y afrodescendientes en Bolivia: análisis comparativo e incidencia en políticas públicas” de Asociación Aguayo y Fundación InternetBolivia.org, trabajarán para desarrollar marcos regulatorios contextualizados para el acceso a Internet y la protección de datos personales en municipios bolivianos seleccionados.
  5. Una Iniciativa Multisectorial para la Seguridad de la Información y los Derechos Fundamentales” de Fundación Vía Libre: es una colaboración entre actores del sector público y privado para desarrollar políticas que protejan los activos digitales (incluidos datos personales e infraestructura crítica) en Argentina.
  6. Construyendo puentes entre las comunidades de derechos digitales y defensa de los consumidores de América Latina” del Instituto Brasileiro de Defesa do Consumidor (IDEC), coordinará el fortalecimiento del trabajo de los defensores del consumidor en derechos digitales, enfocándose en las políticas de protección de datos personales y su aplicación, en línea con las estrategias de la comunidad de derechos digitales de la región.

¡Felicitaciones a las organizaciones seleccionadas de la Convocatoria Abierta 2020 de Indela!

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Entre la tecnología y la pandemia

Paulina Gutiérrez

Es indiscutible plantear que los gobiernos necesitan información para responder a la pandemia, particularmente para diseñar medidas basadas en evidencia que permitan controlar el contagio y salvar vidas. De la misma manera, es innegable reconocer que la recopilación de esa información a través del uso de la tecnología tiene implicaciones sustantivas en los derechos humanos de las personas. Cualquier argumento contrario ocultaría la carga que tienen los gobiernos de demostrar que las limitaciones impuestas a nuestros derechos son legales, necesarias y proporcionales, particularmente las restricciones a la libre circulación, la privacidad, la protección de datos personales y la libertad de expresión.

Pero ¿qué significa y en qué consiste esa carga?, y lo más importante, ¿cómo nos aseguramos de que durante y después de la pandemia las restricciones a nuestros derechos se limiten estrictamente al fin para el cual se adoptaron? ¿con qué protecciones contamos ante cualquier abuso y violación a nuestros derechos humanos?

El despliegue de iniciativas centradas en la tecnología para atender problemas públicos no es novedoso y ha sido cuestionado en el pasado. La diferencia en el contexto de la pandemia radica en la invisibilidad y desconocimiento de un virus cuyo impacto social, económico y sanitario aspira a una atención inmediata y focalizada. Sin embargo, pese a que ya fue superado el planteamiento bajo el cual los medios tecnológicos deben ser complementarios a una diversidad de medidas no tecnológicas, la necesidad de hacer al virus visible y prevenible ha colocado en la tecnología una apariencia alternativa como única vía para controlarlo.

Entre las respuestas destacan herramientas que, por un lado, abarcan aplicaciones móviles de carácter informativo, “chatbots generadores de diagnósticos basados en los síntomas identificados por las personas usuarias, lectores de temperatura corporal y monitoreo de síntomas, y por el otro, dispositivos de control y trazabilidad de movimiento, contacto y aislamiento a través de servicios de telefonía móvil, georreferenciación y uso de drones, por mencionar algunos.

Todas y cada una de las herramientas y medidas tecnológicas orientadas a controlar y prevenir la pandemia se benefician de distintos niveles de intrusión en la vida privada de las personas. Registran accesos, actividades, interacciones, síntomas y enfermedades cuyo procesamiento tecnológico y digital implica compartir información personal con terceros – generada por la recolección, almacenamiento, transmisión, utilización, estudio y gestión de datos –. En el imaginario más sencillo, estaríamos ante una fórmula en la cual la solución a los impactos de la pandemia es producto de la información que proporcionamos al renunciar a nuestra privacidad y protección de datos personales. Notablemente, la fórmula es mucho más compleja. Especialmente si iniciamos por reconocer que las restricciones no se agotan en el acceso a nuestra información por parte del Estado, también debemos agregar la participación activa del sector privado.

Nos enfrentamos entonces a intrusiones en la privacidad en el nombre de la salud pública. Aun cuandoésta sea invocable para imponer restricciones a los derechos humanos, nunca será una justificación legítima de ser adoptada de manera aislada. Es decir, combatir la crisis sanitaria a través del acceso y uso de nuestra información individual, personal y colectiva significa imponer un sistema de vigilancia inadmisible, salvo que las medidas para obtenerla sean practicadas al margen de una serie de protecciones convencionales y legales. Específicamente aquellas que salvaguarden la inmunidad con la que cuenta el ámbito de privacidad de las personas contra invasiones arbitrarias o abusivas por parte de la autoridad o entidades no públicas.

Lo anterior se traduce en la obligación que tienen los Estados de superar la prueba de legitimidad intrínseca en las prácticas de vigilancia, especialmente aquellas cuya finalidad es trazar y contener un virus. Todos aquellos gobiernos que decidan apostar por respuestas tecnológicas centradas en información generada por las actividades de las personas deben  asegurar (a) la claridad y precisión de la restricción legalmente estipulada y la existencia de un marco legal de protección a los derechos afectados, así como recursos legales efectivos ante abusos y violaciones a los derechos restringidos por parte de actores públicos y privados – legalidad – ; (b) la idoneidad y efectividad de la medida restrictiva para alcanzar el fin que persigue, demostrar que es el único medio disponible – necesidad -; y (c) la inexistencia de medidas y métodos menos lesivos para el derecho a la privacidad y otros derechos, así como estrictos límites en la temporalidad de la medida invasiva – proporcionalidad-. 

En Latinoamérica, la prueba de legitimidad para restringir la privacidad nunca ha sido más relevante. Principalmente por la capacidad tecnológica instalada previo a la pandemia y su abuso en prácticas de vigilancia masiva y focalizada documentadas ampliamente en los últimos seis años. Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Guatemala, México, Paraguay, Perú son algunos ejemplos en donde los gobiernos han decidido adoptar medidas tecnológicas de vigilancia y obtención de datos para responder a la crisis sanitaria. Aún no existe evidencia que sustente su efectividad, por lo tanto, el escrutinio público, unido al control legal y judicial, son críticos para contener arbitrariedades por parte de autoridades y entidades no públicas.

El estado actual de los marcos legales de protección de datos personales en la región parece ser insuficiente para el reto impuesto por la pandemia. Sin embargo, si los evaluamos como una ruta perfectible, será invaluable para imponer controles tanto a gobiernos como a particulares. Consciente de que su desarrollo y aplicación en la región latinoamericana es asimétrico e inconsistente – en algunos países inexistente -, una regulación especial en la materia puede proveer vías para exigir la justificación de los límites impuestos en el poder que tienen las personas de saber qué información tienen terceros sobre ella, de limitar la temporalidad y el fin de su tratamiento y de decidir si proporciona su información más sensible – entendida como aquella susceptible a revelar particularidades de las personas en materia de salud, raza o preferencia sexual, por mencionar unos ejemplos-.

Si bien estos marcos legales incluyen excepciones de protección en materia sanitaria, los principios de temporalidad, necesidad y legalidad le son aplicables. Sobre todo, son indispensables para conocer el destino, fin y uso que tuvo la información recopilada y procesada, así como impedir que las prácticas se tornen permanentes una vez exista mayor control sobre la pandemia.

Debemos entonces obtener respuestas que claramente nos indiquen si el empleo de medidas y herramientas tecnológicas contribuye a contener el virus de manera efectiva; si solicitan o acceden a más información de la que alegan necesitar para contener el virus; a qué marco legal o recurso podemos apelar para conocer y reclamar en caso de que nuestros datos fueran compartidos con autoridades o actores no públicos irrelevantes para contener la pandemia; en un intento por especificar algunas.

Existen algunos ejemplos en Latinoamérica y en otras regiones del mundo en donde la prueba de legitimidad y la protección de datos personales han impedido el uso invasivo, innecesario y desproporcionado de la tecnología para controlar la crisis sanitaria:

  • En Brasil, la Medida Provisória (MP) 954/2020 fue suspendida por el Supremo Tribunal Federal el 7 de mayo de 2020 para evitar daños irreparables en la intimidad y privacidad de las personas. La medida 954/2020 fue decretada por el Poder Ejecutivo con el fin de ordenar a las empresas de telecomunicaciones proporcionar la información de las personas usuarias de telefonía al Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), quien elaborará estadística sobre la pandemia. Bajo un análisis de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, una jueza del Supremo Tribunal planteó que, sin subestimar la gravedad de la crisis sanitaria y la necesidad de formular políticas públicas basadas en datos específicos, los derechos constitucionales de las personas no deben ser atropellados y, en consecuencia, era necesario suspender la vigencia de la medida al no proveer ni existir mecanismos aptos para proteger los datos de las personas contra accesos no autorizados o utilización indebida de su información.
  • En Chile, se ha propuesto una ley corta o especial que salvaguarde los datos de las personas cuyo estado de salud es expuesto y sujeto a tratamiento por una diversidad de actores durante la pandemia. El Consejo para la Transparencia propuso esta iniciativa en abril al reconocer que los datos sobre la salud no solo tienen protección constitucional sino que también cuentan con un margen especial de protección por la información que revelan. Algo similar sucedió en Reino Unido donde el Comité Conjunto de Derechos Humanos del Parlamento presentó una propuesta de legislación especial centrada en regular con precisión el fin  y los limites de la obtención y tratamiento de la información recopilada a través del uso de una aplicación de monitoreo de contacto; obligar al gobierno a eliminar la información recolectada una vez termine la crisis sanitaria e imponer medidas contra abusos por parte de las autoridades y de terceros.
  • En India, la Alta Corte de Kerala admitió tres peticiones contra el uso obligatorio de la aplicación de monitoreo de contacto y la imposición de sanciones criminales por no utilizarla. Asimismo, el 24 de abril de 2020, emitió una orden instruyendo la implementación de medidas que salvaguarden la confidencialidad de los datos de pacientes susceptibles al coronavirus,  recolectados por un sistema digital operado por el gobierno de Kerala y la empresa Sprinklr Inc. También prohibió a esta última cometer cualquier acto que comprometa la confidencialidad de los datos.
  • En Eslovaquia, la Corte Constitucional suspendió la legislación especial que permitía el acceso de las autoridades a los datos de usuarios recolectados por las empresas de telecomunicaciones con el fin de monitorear a las personas infectadas con el coronavirus. El 13 de mayo de 2020, la Corte consideró que la legislación era ambigua y los fines del procesamiento no eran suficientemente claros, permitía un tratamiento de datos personales sin claridad en las intenciones y carecía de las salvaguardas necesarias contra el abuso de la información recolectada y procesada.

El reto no es sencillo pero las obligaciones de los gobiernos son muy claras. Nuestros derechos a la privacidad y la protección de datos personales continúan vigentes durante la crisis sanitaria. La carga de demostrar que nuestros derechos pueden ser limitados no debe centrarse únicamente en la tecnología, cuyos beneficios necesitamos para ejercer nuestros derechos humanos. La exigencia debe concentrarse en las obligaciones del Estado en materia de transparencia y rendición de cuentas, así como en la carga que tiene de demostrar la legitimidad de las medidas, permitir el abuso las convierte en arbitrarias.

Tácticas indirectas

Ramiro Álvarez Ugarte
Universidad de Buenos Aires
Universidad de Palermo

El movimiento por la privacidad siempre disputó la batalla en un terreno difícil, marcado por la objetiva voluntad ciudadana de ceder sus datos a cambio de beneficios que percibe como útiles. La pandemia del Covid-19 implica un nuevo desafío que debe insertarse en esa larga historia para ser comprendido cabalmente. Y creo, también, que éste desafío nunca fue tan grande.

Déjenme comenzar presentando al adversario bajo la mejor luz posible: existe una tecnología de vigilancia masivamente adoptada en la sociedad, sobre la cual se propone desplegar una capa adicional a cambio de dos beneficios concretos: ralentizar la circulación del virus y levantar las medidas de cuarentena de manera más eficiente. La promesa es significativa y no debería desecharse rápidamente. Menos muertes y daños económicos aplacados parecen objetivos deseables en el marco de una situación bastante aterradora que nos tiene—literalmente—a toda la población encerrada en nuestras casas.

La nueva capa de vigilancia que se ofrece podría asumir distintas formas. En China, se trató de un pasaporte digital montado sobre una popular billetera electrónica que clasifica a las personas de acuerdo a criterios enigmáticos. Para occidente, las grandes compañías prometen soluciones más respetuosas de la privacidad de la ciudadanía. Mientras tanto, diversos gobiernos han buscado algún tipo de solución tecnológica al problema. Todos estos escenarios tienen sus problemas: los específicos vinculados a América Latina ya fueron señalados por organizaciones locales. En este breve espacio me gustaría llamar la atención sobre una dimensión estructural que—creo—debería guiarnos en la reacción al desafío. Utilizaré para ello un viejo concepto del “mundo Internet”: el de las capas o layers — en inglés.

En efecto, creo que la mejor forma de acercarse a las nuevas propuestas de vigilancia es entenderlas como “una capa más” que se desplegaría sobre una serie de capas subyacentes. La imagen es útil porque las capas subyacentes definen, en gran medida, cómo opera la capa superior. Ellas determinan lo que ésta última puede lograr y lo que nos pide a cambio. Así, por ejemplo la nueva capa de vigilancia se despliega sobre cierta infraestructura que ya existe, sobre situaciones socioeconómicas específicas, y—de manera crucial—sobre ciertos patrones de funcionamiento de las instituciones democráticas, tanto en su dimensión de toma de decisiones como en su dimensión de mecanismos de rendición de cuentas.

Es sobre esta capa de “gobernanza democrática” que quiero enfocarme, porque intuyo que la nueva capa de vigilancia que se nos ofrece es más o menos inevitable, en parte porque ya existe: toda la comunidad usuaria del mundo de Google Maps ya ceden sus datos de localización a cambio de una experiencia de uso más rica. ¿Quién no los cedería a cambio de que nuestros vecinos no se mueran? Este foco nos pide—entonces—un giro táctico con el objeto de reducir los daños o incidir sobre el proceso de toma de decisiones que lleve (o no) a una nueva capa que incluiría datos sensibles y la manifiesta intención de hacerlos “compartibles”, para que otras personas y/o las autoridades sanitarias puedan tener un mejor control de la población en tiempos de cuarentena.

El primer paso en esta dirección exige asumir que—en efecto—las tecnologías de vigilancia operan de una u otra forma de acuerdo con cómo funcionan las capas subyacentes. Así, por ejemplo, un sistema invasivo de vigilancia masiva de las comunicaciones puede ser cuestionable en sí mismo, pero sus consecuencias serán distintas si quien lo implementa es—simplifico—una dictadura o una democracia. De la misma manera, un sistema de CCTV puede tener consecuencias diversas si la autoridad a su cargo debe, por ejemplo, rendir cuentas periódicas ante una comisión legislativa de control o goza de las más absoluta discrecionalidad para expandir, usar y potenciar ese sistema.

El segundo paso es, entonces, analizar y estudiar los aspectos de la gobernanza democrática que van a determinar el funcionamiento de la nueva capa de vigilancia y actuar sobre ellos de manera directa.

  • La infraestructura de datos personales. ¿Qué tipo de protección existe en nuestro país? ¿Es efectiva? La normativa vigente, ¿está actualizada? ¿Cómo funcionan los órganos de garantía o implementación? En muchos países las respuestas a estas preguntas son decepcionantes, pero también existe una protección especial para los datos “sensibles”. Otra cuestión que es necesario analizar se vincula con los mecanismos de rendición de cuentas existentes. El poder judicial, por ejemplo: ¿podría ejercer un control efectivo sobre los sistemas de rastreo de contagios? ¿Qué ocurre con los poderes legislativos?
  • Los alcances de la excepción. Resulta fundamental evaluar en qué medida nuestras instituciones son capaces de crear regímenes “de excepción” y respetar ese carácter excepcional. En mi país, por ejemplo, muchas veces se han creado reglas para situaciones excepcionales que luego se han normalizado. ¿Podemos prevenir que eso suceda? Por otro lado, también es importante prestar atención a los distintos instrumentos con los que la emergencia pueda limitarse (en el tiempo, con base en criterios objetivos como p.ej., niveles de contagio, etcétera). Allí resulta fundamental analizar los mecanismos constitucionales vigentes que permiten “producir” legalmente a la emergencia y los mecanismos para controlarlos.
  • La ciencia. Otro foco posible es aliarse con la epidemiología, que sabe que un app no podría nunca administrar por sí sólo una pandemia, una compleja ecuación de la cual el “rastreo de contactos” es sólo una pequeña parte. Así, por ejemplo, todo indica que sin un incremento sustantivo de la capacidad de tests en la sociedad un aplicativo de rastreo podría arrojar resultados erróneos (falsos positivos y negativos). Este es una típica aproximación táctica: enfocarse en la vulnerabilidad subyacente de la propuesta que parece más sencilla y barata, que aparece como alternativa de acción cuando la propuesta más compleja y efectiva es demasiado costosa.
  • El constitucionalismo. No hay motivos por los cuales ante el despliegue de herramientas tecnológicas no se pueda exigir la menor intromisión posible. Allí los argumentos constitucionales que exigen que las medidas restrictivas de derechos sean acotadas sin perder idoneidad para satisfacer el objetivo perseguido deberían ser de ayuda. Este análisis de acotación debería atender a la cantidad de información recolectada, las garantías establecidas, el carácter voluntario de los programas de monitoreo, etcétera. El derecho constitucional local debería ser el punto de apoyo de estas estrategias indirectas, incluso más—creo—que los estándares internacionales de DDHH.
  • Transparencia. Todas las acciones por adoptar de parte de los gobiernos deben ser transparentes, diseñadas e implementadas de cara a la ciudadanía y con controles políticos, legales y sociales suficientes. Asimismo, resulta fundamental analizar la forma en que sobre la nueva capa de vigilancia puede rápidamente—sin costo alguno—montarse una capa adicional de control, por ejemplo, laboral o de circulación en la vía pública, a cargo de las fuerzas públicas o de actores privados ejerciendo—por ejemplo—el derecho de admisión. Así, si se estableciese un sistema de pasaporte digital, ¿qué impide que un supermercado no exija mostrar el certificado antes de ingresar? Esa posibilidad nos debería llevar a una segunda y vital cuestión: los múltiples impactos discriminatorios que este tipo de tecnologías podrían tener.

Quienes llevan años trabajando en derechos digitales en América Latina verán que lo dicho hasta aquí se parece bastante a una reedición apresurada de viejos desafíos. Pero ocurre que éstos son persistentes: a pesar los esfuerzos y de la mayor conciencia ciudadana, de los cambios legales y los ocasionales escándalos, el avance de la tecnologías invasivas parece acelerarse. El Covid-19 plantea un escenario aún más difícil, que promete profundizar los modelos vigentes a cambio de beneficios concretos. Nunca la promesa de quienes nos piden ceder nuestra privacidad a cambio de algún beneficio posible fue tan tentadora. Sería de una inocencia política inaceptable no ver la cuestión desde el punto de vista de los liderazgos políticos de turno, que afrontan una situación inesperada, de impacto aún incierto, pero masivo. Y sería torpe no ajustar las tácticas (y las estrategias) para estar a la altura del nuevo desafío.

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Un vistazo a las organizaciones beneficiarias de Indela en 2019

En junio de 2019, nueve organizaciones de Latinoamérica fueron seleccionadas en la primera convocatoria de Indela. Con diferentes enfoques y en distintos temas, las iniciativas coincidían en un propósito: situar los derechos digitales en el centro de la conversación sobre democracia y derechos humanos. Mientras avanza nuestra convocatoria 2020, le damos un vistazo al balance de la sociedad civil en estos meses de trabajo.

Tomando acción en contra del acoso en línea

Respondiendo a uno de los desafíos principales del ejercicio de la libertad de expresión en el entorno digital, Indela apoyó dos proyectos sobre herramientas de apoyo sobre violencia y acoso contra mujeres. Luchadoras, un colectivo feminista mexicano que propende por espacios seguros y dignos para las mujeres, viene trabajando para que las víctimas de la violencia digital en México, y en particular de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, accedan a la justicia.

Se trata de una iniciativa que busca identificar los marcos normativos, entender las necesidades de reparación de las mujeres y ofrecer guías para enfrentar el acoso en línea (sobre esto último, en febrero pasado publicaron desde el colectivo ‘La Clika’ una guía para identificar las agresiones en el contexto digitales).

“Hemos enfrentado el reto de acotar”, explica Lulú Barrera, fundadora de Luchadoras, sobre el proyecto. “Empezamos con una visión muy ambiciosa de tener una aproximación nacional; luego vimos que es mejor priorizar”. Para hacerlo, Luchadoras está trabajando en seis estados con diversidad geográfica e índices altos de ciberacoso. Un elemento clave, además, es llevar a cabo una conversación con las mujeres para que sean ellas quienes planteen cómo se debe restaurar el daño que sufrieron.

En la misma línea temática, Hiperderecho trabaja para reducir las barreras de acceso a la justicia de mujeres y población LGBTIQ que sufren de acoso en línea por razones de género.Esta organización peruana, que combina la investigación y el activismo, está enfocada en aprovechar la coyuntura de la implementación de la ley sobre acoso y divulgación no consentida de contenido sexual.

“La expectativa es baja porque la confianza de las mujeres en el sistema judicial es baja”, explica Denisse Albornoz, Directora de Investigación de Hiperderecho, para quien romper ese escepticismo ha sido el reto más grande. “Les decimos que no sabemos qué tan efectiva pueda ser la ley, pero que lo vamos a intentar. Lo que muchos otros abogados no están dispuestos a hacer, lo estamos haciendo nosotros”.

Al final, las mujeres que participan en el proyecto quieren sobre todo que se siente un precedente. Si alguno de sus casos se resuelve judicialmente, será una victoria. En cualquier caso, ya existe un precedente valioso en Perú, que Hiperderecho se ha encargado de explicar y compartir con su audiencia.

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Derechos digitales en 2020 en Latinoamérica: una agenda de nuevas oportunidades y desafíos

Si hubiera que resumir el año pasado en materia de derechos digitales y sociedad civil, podríamos enfocarnos en el comienzo y el final de 2019.

Por un lado, en marzo tuvo lugar el movimiento #MeTooMx en México, el cual buscaba amplificar la voz de las mujeres que habían sido víctimas de acoso y abuso sexual. Por otro lado, entre octubre y diciembre ocurrieron decenas de protestas sociales en toda la región. Países como Colombia, Chile, Ecuador y Bolivia fueron el escenario de un movimiento ciudadano diverso y descentralizado cuya naturaleza e impacto aún intentamos entender.

Ambos sucesos ilustran un punto fundamental en la relación entre los derechos digitales y la ciudadanía: los espacios digitales y físicos están cada vez más conectados. En esa medida, las tensiones políticas y sociales, la relación con el Estado y el uso de la tecnología, son elementos que a la vez influyen y marcan la agenda de trabajo de la sociedad civil en esta materia. Nunca fue tan importante entender el entorno digital para interpretar la calle; pero nunca fue tan importante entender la calle para interpretar el entorno digital.

El #MeTooMx no solo demostró el poder y el impacto concreto de la articulación ciudadana en línea. También puso de manifiesto los crecientes riesgos de los ataques digitales, el acoso que enfrentan las mujeres en las redes sociales y que las plataformas intentan resolver, y la importancia de garantizar el anonimato.

Las protestas sociales de fin de año reiteraron esos mismos elementos con un punto adicional: la pregunta por la respuesta del Estado, ya sea a través de la fuerza coercitiva o del aparato judicial. Como manifestaron varias organizaciones en una declaración pública el 20 de diciembre pasado, existe una preocupación por “la tendencia mundial de perseguir a las personas que defienden los derechos humanos utilizando medios y plataformas digitales, incluidas quienes realizan investigaciones y proveen entrenamientos de seguridad para proteger y promover estos derechos”.

Lamentablemente, en Latinoamérica la vigilancia estatal se volvió la contracara de la protesta social. En medio de una crisis de legitimidad y debilidad institucional, muchos gobiernos han optado por espiar a sus propios ciudadanos. Para hacerlo, despliegan de manera irregular y poco transparente arquitecturas de vigilancia y control: reconocimiento facial, bases de datos y registros. En ese propósito, confluyen intereses comerciales y políticos.

En ese contexto, las organizaciones de derechos digitales desarrollan una agenda diversa. El hilo conductor es el empoderamiento del ciudadano y su relación con el Estado y el sector privado: la neutralidad de la red, la moderación de contenidos; el seguimiento de las nacientes políticas públicas de inteligencia artificial (con proyectos en marcha en países como Argentina, Paraguay y Brasil); la promesa riesgosa del voto electrónico, y las propuestas de mayores regulaciones y controles técnicos en materia de derecho de autor.

Como si fuera poco, las democracias a lo largo y ancho del mundo intentan entender y resolver el problema de la desinformación y la manipulación en línea. Si bien se trata de un campo de acción inabarcable para un solo actor, el sector de derechos digitales aporta desde su rol y experticia, poniendo de presente los riesgos de las soluciones técnicas y defendiendo la vigencia del derecho a la libertad de expresión –en momentos en que algunos sectores lo ponen en duda–.

Decir que existe una agenda definida para 2020 podría resultar ingenuo. Sin duda, el pulso del movimiento social influirá en el trabajo de las organizaciones. Para seguir apoyando a las organizaciones de la sociedad civil a responder a estos crecientes desafíos, Indela lanzará su segunda convocatoria en el mes de marzo. Buscamos encontrar un balance entre las prioridades de las organizaciones y las demandas de la ciudadanía; equilibrando la investigación y con el activismo y, sobre todo, forjando alianzas en toda la sociedad civil. Hablar de derechos digitales hoy en día, más que nunca, es hablar de derechos humanos. Esta, es la apuesta de Indela.

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Entrevista a Carlos Cortés: No se puede hablar de derechos en el espacio físico, sin los derechos digitales

Carlos Cortés es fundador de Linterna Verde, un think tank sin fines de lucro y consultora en temas de Internet y sociedad. Carlos fue Gerente de Políticas Públicas de Twitter para Latinoamérica. Ha asesorado organismos de cooperación internacional en libertad de expresión y políticas de internet. Tiene un grado de derecho por la Universidad de los Andes (Colombia) y es maestro en ‘Comunicaciones y Gobernanza de Medios’ por la London School of Economics. Es investigador en políticas de internet en el Centro de Estudios en Libertad de Expresión de la Universidad de Palermo, Argentina. Actualmente dirige el videoblog La Mesa de Centro.

¿Por qué los derechos digitales son importantes?

Cuando hablamos de derechos digitales no nos estamos refiriendo a un ejercicio aislado y limitado en el entorno online. Hoy en día, el ejercicio de la mayoría de los derechos en los espacios físicos —o analógicos— depende y se retroalimenta de las posibilidades de desarrollo en el contexto online.

Dicho de otra forma: sin derechos digitales no hay derechos analógicos. Piénsese, por ejemplo, en el derecho a la protesta, en la libertad de expresión, en la privacidad o en la participación política. Sin garantías digitales difícilmente podemos hablar de la existencia de ciudadanos activos.

¿Desde tu perspectiva cuáles son los principales desafíos que enfrenta el ecosistema de derechos digitales en América Latina?

Hay tantos desafíos como temas, pero si tuviera que ubicarlo en el ecosistema regional, el reto más importante surge de la tensión entre el rol que se espera del Estado y la desconfianza que se le tiene. Por ejemplo: nos preocupa la acumulación de datos por parte de intermediarios privados. ¿Debemos entonces darles herramientas de vigilancia a gobiernos que así mismo han abusado de sus facultades de inspección y control?

De la misma forma, enfrentamos la pregunta de cuáles problemas debemos resolver por la vía regulatoria y cuáles deben canalizarse a través de soluciones privadas o autorregulatorias. Considero.

¿Por qué el contexto de derechos digitales en Latinoamérica es único?

A diferencia de otras regiones, y como es usual en nuestros paisajes, América Latina intenta construir todos los pisos de la casa simultáneamente —y muchas veces empezamos uno sin terminar otro—.

Enfrentamos preguntas alrededor de los derechos digitales cuando aún tenemos retos enormes en materia de infraestructura, conectividad y alfabetización digital. Piénsese por ejemplo, en la neutralidad de la red. Cuando todavía intentábamos garantizar este principio de política pública en las conexiones fijas, el Internet móvil empezó a desarrollarse —con el consecuente problema asociado de ‘zero rating’—. Nuestro contexto es único porque convivimos e impulsamos cambios en medio de profundos contrastes.

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Entrevista a Ramiro Álvarez: La masificación de Internet cambió radicalmente el espacio público

Ramiro es Profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Buenos Aires y de Derecho y Cambio Social de la Universidad de Palermo (Buenos Aires). Actualmente está cursando un JSD en la Escuela de Derecho de Columbia. Trabajó como abogado de derechos humanos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2009-2011) y en la Asociación por los Derechos Civiles en Argentina (2011-2014), donde desarrolló la agenda de privacidad. Posee un LLM por la Escuela de Derecho de Columbia (2009), donde fue becario Harlan Fiske Stone y Fulbright

¿Por qué los derechos digitales son importantes?

Los derechos digitales son importantes porque buscan reafirmar compromisos normativos que asumimos en un mundo fundamentalmente análogo, que ya no existe. La masificación de Internet hace casi treinta años modificó radicalmente el ecosistema de comunicación donde transcurre el “debate público” en las democracias modernas.

Ese debate es fundamental para el funcionamiento de las instituciones —es parte esencial del vínculo entre representantes y representados—. Pero también es fundamental para el desarrollo de la personalidad de cada individuo y la construcción de identidad de las múltiples comunidades que conforman las sociedades pluralistas modernas.

Este nuevo escenario plantea, por supuesto, nuevos desafíos. En este sentido, los derechos digitales sirven para orientar los cambios que se producen en el mundo, encontrar respuestas adecuadas a los dilemas que surgen en ese proceso y reafirmar los valores de libertad e igualdad que plasman nuestras constituciones.

¿Desde tu perspectiva cuáles son los principales desafíos que enfrenta el ecosistema de derechos digitales en América Latina?

Creo que, a nivel global, los derechos digitales están amenazados por actores estatales y privados, y por la ausencia de mecanismos eficientes de protección.

En América Latina en particular, diría que los desafíos son tres: el carácter periférico de la región hace que los países, en general, tengan escasas capacidades de influir en las políticas globales de los actores privados; los países de la región tienen —en general— estándares democráticos que están lejos de ser los ideales, lo que hace que los derechos digitales sufran en esos países las dinámicas que sufren otros derechos (restricciones innecesarias, ineficiencia de los mecanismos de protección, etcétera) y creo que el movimiento por la privacidad en América Latina está creciendo pero aún le falta desarrollo; necesita afinar sus estrategias y ganar capacidad de incidencia.

Éste último creo que es el principal desafío en América Latina. Los derechos gozan de buena salud cuando los ciudadanos se movilizan para defenderlos.

¿Por qué el contexto de derechos digitales en Latinoamérica es único?

Creo que en América Latina se verifican, a la vez, tendencias que existen a nivel global pero
no necesariamente en el mismo lugar o territorio. Así, América Latina tiene la peculiaridad de ser una región con una importante tradición democrática que está —a la vez— cruzada por profundas desigualdades.

Ello genera problemas serios: la democracia y la igualdad van de la mano, porque el ideal que perseguimos es el del autogobierno colectivo en una comunidad política de iguales. La desigualdad lastima ese ideal y —creo— está detrás de los problemas endémicos de la región: concentración del poder, instituciones representativas débiles, permeables a intereses privados de distinto tipo, etcétera.

En ese contexto, los derechos digitales sufren el destino de otros derechos: si existen, es posible que no sean efectivos o que se apliquen de manera despareja; pueden sufrir si son percibidos como obstáculos para sectores poderosos; en general los mecanismos de protección son inadecuados, etcétera.

A la vez, en América Latina existe una importante tradición en defensa de los derechos
humanos —y los derechos digitales participan de esa lógica. Creo que podemos hablar de un verdadero “movimiento” de defensa de los derechos digitales.

Por supuesto, este movimiento enfrenta una serie de desafíos considerables: compite con violaciones de derechos que son percibidas como más graves o acuciantes, sufre los recursos limitados o escasos de la región, y compite —en la agenda pública— con preocupaciones que muchas veces justifican políticas públicas que los socavan; como por ejemplo, la narrativa de “seguridad” que justifica la violación de la privacidad de las personas.

Estas dos condiciones —democracias consolidadas pero con capacidades limitadas y atravesadas por una profunda desigualdad— creo que hacen que el contexto de los derechos digitales en América Latina sea bastante único y peculiar.

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Entrevista a Paulina Gutiérrez: Los derechos digitales son fundamentales para la vigencia y protección de los derechos humanos

Paulina Gutiérrez fue la Oficial del Programa de Derechos Digitales en ARTÍCULO19 México y Centroamérica, es abogada en derechos humanos y activista de la libertad de Internet. Posee un grado en Derecho y otro en Relaciones Internacionales, con especialidad en privacidad, propiedad intelectual y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Su experiencia profesional incluye doce años trabajando en investigación de políticas de derechos humanos, asesoría legal sobre violaciones a derechos humanos, libertad de expresión y género.

¿Por qué los derechos digitales son importantes?

Los derechos digitales son importantes porque son derechos humanos, idénticos a aquellos reconocidos internacional y regionalmente por instrumentos, organismos y constituciones nacionales.

Esto significa que la vigencia de los derechos de las personas es la misma cuando se utilizan herramientas tecnológicas. La protección de los derechos humanos no se modifica a través del uso de la tecnología, solamente encontramos nuevas formas de ejercerlos y, a su vez, ese ejercicio se caracteriza de diversas formas, ya sea mediante la suscripción a plataformas que nos permiten comunicarnos o al requerir un dispositivo y un proveedor de servicio privado para conectarnos a Internet.

Definitivamente, esto implica conocer tales manifestaciones para identificar la multiplicidad de factores que intervienen en el disfrute de los derechos humanos a través de la tecnología, condiciones bajo las cuales los derechos humanos encuentran nuevas amenazas que no se limitan a una intervención estatal injustificada, sino también del sector privado que se beneficia de nuestra participación e información disponible en sus redes y plataformas.

Justamente, las amenazas que puedan enfrentar nuestros derechos humanos ejercidos en el entorno digital y a través de la tecnología —derechos digitales— se deben al poder que ésta ha brindado a las personas y la movilización social, traducida en beneficios que han potenciado la participación individual y colectiva en la vida pública, la libertad de expresión e información, el escrutinio público, el anonimato y otros derechos y sus manifestaciones que también han dado voz a grupos y minorías históricamente excluidas.

Por tales razones, los derechos digitales no les denominaría solamente importantes, son fundamentales para evitar que la vigencia y protección de nuestros derechos humanos se vea mermada o reducida por las modificaciones en el ecosistema, principalmente por el uso de la tecnología.

Al contrario, son esenciales para que encuentren en la tecnología una poderosa herramienta de transformación política, social, cultural y económica, así como nuevas oportunidades para reivindicar los derechos de las personas y grupos discriminados, excluidos o rezagados. Particularmente en el contexto latinoamericano, en su mayoría sumido en una crisis de confianza en las instituciones y en el sistema de gobierno que cada vez más representan perspectivas regresivas en materia de derechos humanos.

¿Desde tu perspectiva, cuáles son los principales desafíos que enfrenta el ecosistema de derechos digitales en América Latina?

En primer lugar, la brecha digital es un gran desafío para la región, principalmente dada por la falta del reconocimiento de una realidad multicultural en nuestros países, cuyas políticas públicas en materia de conectividad son diseñadas e implementadas bajo lógicas puramente comerciales y urbanas que discriminan a grupos y poblaciones en situaciones de exclusión histórica.

Lo anterior acrecienta y profundiza las brechas que continúan alejando a poblaciones indígenas, en situación de vulnerabilidad o en condiciones de desventaja educativa, económica y cultural. Es decir, no hay un reconocimiento explícito del derecho de acceso a Internet sin discriminación, el cual permite habilitar esquemas de política pública e inversión privada que incluyan a estas poblaciones y les garanticen el acceso a los beneficios que este derecho representa para el desarrollo y la autodeterminaciones de poblaciones y comunidades.

En segundo término, mencionaría la importación de desarrollos normativos y jurídicos regresivos para el sistema regional de protección de los derechos humanos —Sistema Interamericano de Derechos Humanos— , principalmente aquellos en materia de protección de datos personales, privacidad, honor y propiedad intelectual que no reconocen excepciones en materia de libertad de expresión e información, así como pruebas de interés público que habilitan la censura de información relevante para la sociedad Latinoamericana que podría revertir la lógica de olvidar y repetir nuestros errores como sociedad.

En tercer lugar, creo que un gran desafío para la región es aquel relacionado con la moderación de contenidos en las plataformas digitales, el acoso y hostigamiento a personas orientado por razones de género y la lógica punitiva de expresiones como solución para proteger a grupos de poblaciones que han sido históricamente discriminadas y violentadas.

Nuestras sociedades tienen arraigados esquemas de educación, formación y estereotipos que reflejan conductas machistas, homofóbicas, xenofóbicas en sus estructuras sociales, políticas y económicas, así como muchas otras asociadas a reacciones de rechazo, odio y falta de tolerancia a toda aquella diferencia y pluralidad que cuestiona un orden preestablecido. Tales conductas se han trasladado a los entornos digitales, generando necesidades y exigencias de protección muy específicas tanto al Estado como a las empresas privadas.

Sin embargo, esto representa un relevante dilema entre el ámbito de protección del sistema interamericano de derechos humanos de ciertos derechos como la libertad de expresión, las diferencia entre las obligaciones de los Estados y las empresas en materia de derechos humanos y los efectos nocivos o negativos que experimentan los grupos que se han beneficiado del poder de participación y reivindicación brindado por el uso de las tecnologías.

Persisten las necesidades de construir puentes entre las brechas de complementariedad y mutua protección-excepción para preservar la protección y garantía de todos los derechos humanos de las personas.

Cuarto, existe un evidente interés y abuso de los poderes públicos para vigilar y controlar las comunicaciones de las personas y la información disponible en Internet. La adquisición de herramientas de vigilancia y la falta de controles democráticos en su uso representa un serio problema para la región. La adquisición y uso de estas tecnologías continúa en la opacidad y cada vez más es posible evidenciar un uso arbitrario para intervenir ilegalmente en procesos democráticos asociados al escrutinio público, al ejercicio periodístico, a organización y defensa de derechos humanos con efectos que minan su labor y les pone en riesgo.

Finalmente, otro gran desafío para la región es poder posicionar y efectivamente incidir en el diseño de estándares y perspectivas regulatorias en materia de moderación de contenidos implementada por las plataformas y los intermediarios de Internet. Las discusiones suelen estar concentradas y dominadas por países, grupos e intereses que no representan las realidades de una región con condiciones multiculturales, sociales, económicas y políticas que requieren ser consideradas al momento de imponer esquemas cuasi regulatorios o de autorregulación que impactan en los derechos humanos de las personas.

La obligaciones y estándares en materia de empresas y derechos humanos, así como de responsabilidades de terceros en conjunto con la omisión de protección de los Estados, es un gran desafío para escalarlo al escenario internacional, pero también una gran oportunidad para las organizaciones en la región.

¿Por qué el contexto de derechos digitales en Latinoamérica es único?

La historia política, social y económica, arraigada en la resistencia de la población para no regresar a sistemas políticos dictatoriales, los cuales requieren de mantener la vigencia de exigencias en materia de memoria, justicia, verdad y reparación de las violaciones graves a los derechos humanos, en lugar de reemplazarlas por olvido.

Un contexto de transiciones democráticas no consolidadas, o aquellas consolidadas con serios problemas de rendición de cuentas e inclusión de toda su población en las dinámicas representativas y participativas en materia políticas, económica y social, que cuestiona el comportamiento e interés de los Estados al intentar regular o intervenir en procesos de gobernanza de Internet y de derechos humanos ejercidos en entornos digitales.

Lo hace único también la inigualable y vibrante participación de tantas organizaciones y personas de la sociedad civil, comprometidas no solamente con los procesos de transición y paz, sino con el interés de vincular los derechos digitales con la historia sociopolítica de la región y los errores que como sociedad latinoamericana no queremos repetir, hoy reavivados por el uso de las tecnologías y por un reconocimiento relativo a la necesidad de conectar la defensa y promoción tradicional de los derechos humanos con una perspectiva digital y tecnológica.

Cerrar una brecha entre las personas defensoras de derechos humanos, las mujeres, periodistas, medios y otros grupos que se ven impactados diariamente por el uso de la tecnología y, por lo tanto, en sus derechos humanos.

Asimismo, el sistema regional de protección de los derechos humanos tiene un gran potencial para instruir a otras regiones y al Sistema Universal de Derechos Humanos. El desarrollo jurisprudencial asociado al ámbito de protección de los derechos humanos proporciona herramientas legales de interpretación, ponderación y legitimación para restringir y proteger los derechos humanos, lo cual puede convertirse en una relevante guía para los desafíos no solamente regionales si no internacionales.

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Entrevista a Guilherme Canela: Los desafíos para los derechos humanos en Internet son distintos que en el mundo offline

Guilherme es Consejero de la Unesco en Comunicación e Información para el Mercosur, Chile y países andinos y el coordinador regional de la Iniciativa de Promoción de la Democracia y la Libertad de Expresión en sistemas judiciales de América Latina. También es secretario del Comité Regional del Programa Memoria del Mundo de la UNESCO en América Latina y el Caribe. Es licenciado en Relaciones Internacionales por la Universidad de Brasilia y máster en Ciencias Políticas por la Universidad de Sao Paulo.

¿Por qué los derechos digitales son importantes?

La cuestión no es que los derechos digitales sean importantes, es que los derechos son importantes en el mundo offline u online. La clave es entender que para que los derechos tengan su pleno ejercicio en el mundo online, los desafíos son relativamente distintos que en el mundo offline.

Por eso encontramos palabras o expresiones como derechos digitales. La clave es que los derechos humanos son relevantes siempre, sea cual sea el espacio de su ejercicio, el punto del entorno digital es encontrar las mejores maneras para que estos derechos también puedan ser protegidos y promovidos ahí.

¿Desde tu perspectiva cuáles son los principales desafíos que enfrenta el ecosistema de derechos digitales en América Latina?

El primer desafío probablemente sea el desconocimiento. Hay muchas dudas de los actores del ecosistema, los reguladores, las plataformas, la ciudadanía, la sociedad civil organizada, los jueces, los fiscales sobre cómo hacer valer los derechos humanos en el entorno digital. El primer gran desafío es que sigamos construyendo una plataforma de diálogo común para hacer valer los derechos humanos en el mundo en línea.

El segundo gran desafío en el contexto latinoamericano, pero también en otras latitudes, son dificultades que existen con el mundo digital. Por ejemplo, las dificultades de jurisdicción. Estamos hablando de situaciones que pueden tener sus impactos en un determinado país, pero el servidor, por decir algo, está ubicado en otro país. Hay un conjunto de dificultades jurisdiccionales que no son menores para llevar adelante la protección y promoción de los derechos digitales y eventualmente corregir algunos de los problemas que existen con estos mismos derechos.

La otra temática importante tiene que ver con la gobernanza de Internet. La idea defendida por UNESCO de que la gobernanza de Internet sea multistakeholder, donde todos los actores relevantes estén presentes alrededor de la mesa de discusiones sobre cuestiones de gobernanza, que esté basada en los derechos humanos y que esté basada en los principios de apertura y accesibilidad. Ésta no está presente en todos los países de América Latina, es algo que está en construcción en muchos de ellos.

Y, evidentemente, los desafíos más contemporáneos que son desafíos reales como las campañas de desinformación y cómo estas afectan temas tan importantes para las democracias como es el caso de las elecciones, o los desafíos del uso del discurso de odio en algunos escenarios digitales.

Estos desafíos que están presentes en el orden del día del debate son desafíos que traen cuestiones muy concretas para todos los actores del ecosistema; en particular, para las autoridades reguladoras y que, de nuevo, tienen que ser debatidas en un espacio multistakeholder entendiendo el posicionamiento de la arquitectura de la red, la promoción y protección de los derechos humanos y cómo se pueden encontrar las mejores soluciones para estos problemas que son problemas concretos.

¿Por qué el contexto de derechos digitales en Latinoamérica es único?

El contexto de único no es solo para América Latina, creo. Los problemas como los que he mencionado, campañas de desinformación, discurso de odio u otras cuestiones más graves siempre existieron antes del entorno digital. Lo que es único son las dimensiones que el entorno digital tiene, la velocidad, el alcance a cantidades cada vez más expresivas de ciudadanos y ciudadanas.

Estas dimensiones únicas del entorno digital tienen que ser vistas sobre un prisma, ya que ofrecen enormes oportunidades para la misma protección y promoción de los derechos humanos, quizá como nunca ocurrió en la historia de la humanidad, pero también tienen unos riesgos. Lo que tenemos que buscar acá es una estrategia o muchas estrategias para potenciar las oportunidades, que son muchas y son la mayoría, y mitigar y prevenir los eventuales riesgos que existan.

Lo que sí sería un problema es mirar eso con lentes muy sesgados, o solo entender que hay oportunidades, o solo entender que hay riesgos. Nuestro objetivo tiene que ser reconocer la complejidad de la temática, del ecosistema, y encontrar las soluciones que fortalezcan las oportunidades y que mitiguen o prevengan los riesgos.

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